Contraloría General de la República · Dictamen
021762N98 · 19 jun 1998
cabo de carabineros que ingreso a la institucion el 16/8/76 y se acogio a retiro temporal el 16/4/97, no tiene derecho a obtener el reconocimiento del abono del 40 por ciento del tiempo servido en zonas inhospitas conforme art/16 del dfl 299/53. ello, porque referido beneficio no fue contemplado en el dfl 2/68 interior, por lo que a traves del art/12 transitorio, segun el cual, el personal en actual servicio y los actuales alumnos aspirantes a oficiales de la escuela de carabineros mantendran el beneficio del art/16 del senalado dfl 299/53; se debio resguardar los derechos de quienes se encontraban en actual servicio a la fecha de su dictacion, pero no se han dictado disposiciones legales que hagan aplicable el senalado beneficio a quienes ingresaron con posterioridad al 17/10/68, fecha de entrada en vigencia del citado dfl, razon que impide a aquellos funcionarios que no se encontraban en servicio a dicha data solicitar el abono de tiempo analizado
Fuentes legales citadas
dfl 299/53 art/16, dfl 2/68 inter art/12 tran, dto 412/91 carab
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