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Contraloría General de la República · Dictamen

060550N14 · 7 ago 2014

Cursa con alcance la resolución Nº 7, de 2014, del Instituto de Previsión Social.

Aplica JurisprudenciaIPS, contrato de suministro, modificación, inscripción en registro

N° 60.550 Fecha: 07-VIII-2014 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución Nº 7, de 2014, del Instituto de Previsión Social, que modifica el contrato de suministro y montaje de ascensores para el edificio institucional de Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1.353, Santiago, suscrito entre ese instituto y Ascensores OTIS Chile Limitada, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que esa institución deberá requerir a la empresa contratista que acredite que da cumplimiento a la inscripción en el registro a que alude el artículo 159 bis del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que fija el texto de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, precepto introducido a ese cuerpo normativo por el artículo 1° de la ley N° 20.296, que establece disposiciones para la instalación, mantención e inspección periódica de los ascensores y otras instalaciones similares. Igualmente, los actos administrativos que se refieran a la misma materia que emanen en lo sucesivo de esa institución, deberán también prever la normativa indicada en el párrafo anterior. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República 

Fuentes legales citadas

dfl 458/75 Vivie art/159 bis, ley 20296 art/1

Texto obtenido del buscador público de jurisprudencia de contraloria.cl. Para citarlo formalmente, verifica el original con el número 060550N14 en ese buscador.

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