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Contraloría General de la República · Dictamen

OF141869N26 · 28 jul 2026

Cursa con alcances la resolución N° 200, de 2026, del Fondo Nacional de Salud

Aplica JurisprudenciaFacultades CGR, toma de razón, contrato prestaciones de salud

N° OF141869 Fecha: 28-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la contratación de prestaciones de servicios de salud de resolución de patologías agudas o agudizadas, a través del mecanismo de pago por grupos relacionados por el diagnóstico (GRD), con el prestador que indica -pese a que consta que, en algunos casos, la licitación se ha adjudicado a empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial-, solo en consideración a que los servicios se están prestando desde el momento de la suscripción del contrato -acaecida en 2025- y a que la realización de una nueva licitación pública pudiere afectar los precios y las condiciones pactadas en el acuerdo de voluntades que se tiene a la vista. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que, si durante la ejecución del contrato se requiriere la derivación de los pacientes atendidos por el centro asistencial con el que se celebra el presente contrato, esta no podrá efectuarse a un prestador que pertenezca a su mismo grupo empresarial ni a uno que corresponda a una empresa relacionada, salvo que ello sea excepcional, a petición de la autoridad y con la debida fundamentación. Además, cabe precisar que la personería de los representantes del proveedor consta de la sesión extraordinaria de directorio de 16 de marzo de 2026, reducida a escritura pública con fecha 19 de marzo del mismo año ante el Notario Público don Luis Eduardo Rodríguez Burr, y no como se indica en la cláusula vigésima octava del convenio. Por otra parte, en lo formal, señalar que se advierte un error en la cláusula novena del acuerdo de voluntades en trámite, en lo referente al valor expresado en letras del monto de la contratación. Por último, cabe indicar que la ejecución del presente contrato se incluirá en las planificaciones de procesos de fiscalización que desarrolle esta entidad de control. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General  

Fuentes legales citadas

Texto obtenido del buscador público de jurisprudencia de contraloria.cl. Para citarlo formalmente, verifica el original con el número OF141869N26 en ese buscador.

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