Contraloría General de la República · Dictamen
OF140587N26 · 24 jul 2026
Cursa con alcances la resolucion N° 22, de 2026, de la Subsecretaría de Educación
N° OF140587 Fecha: 24-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba bases administrativas y anexos para la licitación pública de la adquisición y entrega de kits tecnológicos que indica, pero es necesario que esa Subsecretaría precise en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, en la etapa de aclaraciones, que en el evento de que los oferentes no hayan acompañado las certificaciones o antecedentes a que se refiere el párrafo final del N° 4.2, solo se les asignará menor puntaje en el respectivo factor, sin que corresponda declarar inadmisibles sus ofertas como se señala en el segundo párrafo de la letra B del N° 4.3. En la misma oportunidad, deberá aclarar que la vigencia de la unión temporal de proveedores debe comprender, también, la eventual prórroga o renovación del contrato, acorde con los artículos 51, inciso segundo, de la ley N° 19.886 y 180, letra c), del decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, lo que se ha omitido consignar en el citado N° 4.3. Asimismo, deberá precisar en dicho Sistema que la declaración de inadmisibilidad de una oferta debe ser efectuada por la respectiva autoridad y no por la comisión evaluadora, como se indica en la letra f) del antepenúltimo párrafo del N° 7 de las bases. Además, deberá aclarar que los documentos que se mencionan en el tercer párrafo del N° 9.6.2 de las bases deben adjuntarse a la factura y no acompañarse para la emisión de ese documento como allí se indica. Por último, esta Entidad de Control entiende, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 18, inciso segundo, de la ley N° 19.886, y 117, inciso tercero, de su reglamento, que en este caso se emitirá una orden de compra, lo que no se señala en esos términos en los N°s. 9.6.2, párrafo octavo, y 9.6.3, letra h), de las bases. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República Víctor Hugo Merino Rojas Subcontralor General
Fuentes legales citadas
ley 19886 art/51 inc/2, dto 661/2024 hacie art/180 lt/c, ley 19886 art/18 inc/2, dto 661/2024 hacie art/117 inc/3
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