Contraloría General de la República · Dictamen
OF133218N26 · 13 jul 2026
Cursa con alcances el decreto N° 75, de 2025, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
N° OF133218 Fecha: 13-07-2026 Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, que “Aprueba nuevo reglamento sobre información al consumidor de tarjetas de crédito y deja sin efecto el decreto N° 44, de 2012, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo”, por ajustarse a derecho. No obstante, debe manifestarse que la expresión “países emisores” utilizada en su artículo 23, en el apartado sobre el “detalle de las compras realizadas en el período actual” -que se debe incluir en los estados de cuenta de las tarjetas de crédito-, numeral 1), debe entenderse referida a los “emisores”, puesto que dicha regulación alude a las recomendaciones que podrá publicar el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) con el objeto de promover que estos, al entregar aquella información, usen de manera uniforme el código de tres letras mayúsculas que identifique al país de que se trate cuando la operación en cuestión haya ocurrido en el extranjero. La misma referencia debe entenderse respecto de su artículo 28, en su apartado vinculado al contenido de la “segunda sección, relativa a los movimientos facturados”, N° 6, letra b), dado que esta regulación también dice relación con la eventual publicación de las citadas recomendaciones del Sernac para los emisores, con igual finalidad, en lo relativo al contenido mínimo que estos deben comunicar a los consumidores al otorgarles acceso permanente a la información sobre los movimientos de la tarjeta de crédito. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República
Fuentes legales citadas
Texto obtenido del buscador público de jurisprudencia de contraloria.cl. Para citarlo formalmente, verifica el original con el número OF133218N26 en ese buscador.