Contraloría General de la República · Dictamen
021211N77 · 4 abr 1977
abonos de tiempo reconocidos por leyes generales o especiales no son utiles para computo de trienios, puesto que ley 12428 exige servicios efectivamente prestados en determinadas instituciones. por tanto no procede reconocer trienio a pensionado direccion de prevision carabineros por abono del dfl 299/53 art/16, el que solo es valido para efectos del retiro.
Aplica Jurisprudenciadipreca
Fuentes legales citadas
dl 260/74 art/7, ley 12428 art/4, ley 12841 art/1, dl 1468/76, dfl 2/68 inter
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