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Contraloría General de la República · Dictamen

020028N15 · 13 mar 2015

Cursa con alcance la resolución Nº 21, de 2015, de la Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

Aplica JurisprudenciaContratación pública

N° 20.028 Fecha: 13-III-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, que autoriza el trato directo y aprueba el contrato que indica con la empresa Comunicaciones Latincom Ltda., por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, ese servicio deberá exigir para contrataciones como la de la especie, que se acredite oportunamente por los proveedores que no han incurrido en las inhabilidades para celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, a que se refieren los artículos 8° y 10 de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas -aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.393-, y el artículo 4° de la ley N° 19.886, modificado por la ley N° 20.720, lo que no ocurrió en esta ocasión. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República 

Fuentes legales citadas

ley 20393 art/primero art/8, ley 20393 art/primero art/10, ley 19886 art/4

Texto obtenido del buscador público de jurisprudencia de contraloria.cl. Para citarlo formalmente, verifica el original con el número 020028N15 en ese buscador.

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