Contraloría General de la República · Dictamen
019050N19 · 15 jul 2019
Cursa con alcance la resolución Nº 12, de 2019, del Hospital Militar de Santiago.
N° 19.050 Fecha: 15-VII-2019 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba el contrato para el suministro de fármacos inyectables comunes para el Hospital Militar de Santiago, suscrito con Laboratorio Chile S.A., por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, es necesario precisar que, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula cuarta del contrato que se aprueba, tal como lo dispone el artículo 8° de la Ley N° 21.125, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2019, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo, que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado, durante el año en curso, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos (aplica oficio N° 15.895, de 2019). Asimismo, cabe anotar que ese organismo deberá verificar que al proveedor contratado no le afecten las inhabilidades para contratar con la Administración establecidas en el decreto ley N° 211, de 1973 (aplica oficio N° 13.553, de 2019). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto examinado. Saluda atentamente a Ud. Doris Roa Moraga Contralor General de la República Subrogante
Fuentes legales citadas
ley 21125 art/8, DL 211/73
Texto obtenido del buscador público de jurisprudencia de contraloria.cl. Para citarlo formalmente, verifica el original con el número 019050N19 en ese buscador.